Este decreto, aprobado el pasado viernes en el BOE, permite la autorregulación en el sector del aceite de oliva para fijar los requisitos y el contenido de una normal de comercialización.
Entrará en vigor el 1 de julio de 2021, permitirá que el Ministerio de Agricultura, ante situaciones de claro riesgo de desequilibrio de mercado y previa consulta a las comunidades autónomas y a los representantes del sector, fije los requisitos y el contenido de una norma de comercialización para reequilibrar la oferta y la demanda en función de las campañas, a través de la retirada temporal de producto.
El Ministerio analizará las estimaciones de existencias iniciales y las previsiones de producción para la campaña objeto de aplicación de las normas de comercialización, a partir de la información disponible en el sistema de información de los mercados oleícolas (SIMO) y las comunicaciones realizadas por las comunidades autónomas.